Se repiten declaraciones y opiniones respecto a la Salud Mental en nuestro país que demuestran la necesidad de implementar del modo más integral y accesible posible la Ley de Salud Mental en todo el país.
Sin embargo, la mayor parte de lo que se publica apunta a todo lo contrario.
El problema real es que faltan dispositivos y oferta profesional e institucional para atender los problemas de salud mental. No todos los hospitales generales de todo el país tienen espacios de internación y asistencia para situaciones críticas, hay unidades sanitarias que no cuentan con profesionales de salud mental en el equipo de salud, es insuficiente y está poco federalizado el trabajo de prevención y promoción de la salud mental en la comunidad, la penalización del consumo de sustancias psicotrópicas provoca la llegada tardía de situaciones críticas al sistema de salud cuando no su llegada desde lo penal, la formación de profesionales ha sido hegemonizada en algunos aspectos, durante años, por un paradigma basado en la negación de la voluntad y derechos de las personas afectadas y por el aislamiento y y supresión de derechos de quienes se considerara "incapaces". Otro sector de profesionales ha recibido en las universidades la formación en y para el trabajo comunitario como algo secundario y sólo quienes acceden a dispositivos de atención primaria tiene la oportunidad, no siempre aprovechada, de replantear su formación en términos de lo que la comunidad condiciona y favorece.
Casi todos estos
factores son los que vino a atender la Ley de Salud Mental 26657. En tanto no
se cumpla con lo que la ley legisla, esto es: le dice a la sociedad qué es
legal, disponible dentro de sus términos y obligatorio a cada ciudadano, a cada
profesional, a cada persona que requiera algún tipo de atención de salud, que
es lo legal y obligatorio,
No es entonces la Ley el problema, sino su falta de cumplimiento por quienes deben cumplirla
o el retraso en hacerlo.
El primer
movimiento en tal sentido seria cumplir con el artículo 32 en el Presupuesto
Nacional de este año e "incluir en los proyectos de presupuesto un
incremento en las partidas destinadas a salud mental hasta alcanzar un mínimo
del DIEZ POR CIENTO (10 %) del presupuesto total de salud" (SIC)
Transformar el
sistema para que se pueda atender promoción, prevención, accesibilidad,
dispositivos y equipos de salud insertos en la comunidad, internación en los
casos que disponga el equipo de salud. Para que eso suceda son necesarios los
fondos para que prevé ese diez por ciento. Y en ese proceso modificar las
carreras de todo el país, generar convenios para que todas las provincias
cumplan efectivamente con la ley, comprometer a las y los profesionales de
salud y de los juzgados, jueces incluidos, sin pasar por alto a quienes en
lugar de cumplir la ley la ajustan a sus gustos y apetencias.
También es necesario que los medios de comunicación acepten que esta es una cuestión sanitaria y que debe ser abordada desde ese punto de vista, atendiendo a "el menor daño posible", como lo proponía la primer máxima de salud que se dejó escrito en la historia de la humanidad y al referirse a la ley y los problemas de salud mental escuchen a quienes tienen la formación y compromiso legal para responder. Yendo a los ejemplos. En el caso del Chano el problema no fue la ley sino su incumplimiento: El equipo debió asumir la responsabilidad que dispone la Ley y fuera protocolizada por la Ministra de Defensa de aquel momento, Nilda Garré, dirigir la intervención, no dejar librado al equipo policial a su iniciativa, dialogar con Chano evitando situaciones de riesgo y si su evaluación lo indicaba disponer su internación. Según le informe policial se metieron con policías dentro de la casa, se retiraron ante lo que consideraban peligroso y un policía habría quedado atrapado entre Chano blandiendo un cuchillo y la puerta de salida. La persona que necesitaba asistencia recibió un disparo.
Basta con este caso para evaluar dónde está el problema con los casos críticos. No se hace lo que se debe y esto sucede porque no se forma de modo obligatorio a las y los profesionales para hacerse cargo de lo que deben hacerse cargo. Basta leer hoy el artículo de Pablo Estéban en Pagina 12: Salud mental en Argentina: luces y sombras de un problema estructural. Mientras la Lic. Stolkiner da luz sobre la cuestión, lo de Pavlovski entra en un cono de sombra.
Si alguno o todes los profesionales del equipo de salud no pueden afrontar el dar un informe de internación a un juez de turno deben formarse para hacerlo. Imaginemos a cirujanos que se niegan a usar técnicas de laparoscopía en los casos en los que ya no se usa otra técnica. En serio se podrían justificar porque no les sale hacerlo? Si un o una profesional, ya no de salud sino contador/a, ingeniero/a, docente, siente que no puede remitirse al poder judicial en las prácticas que así lo exigen, no es idóneo para realizar esas prácticas. Deberá buscar un espacio de ejercicio de su profesión en que no necesite realizarlas y no involucrarse en aquellas que está claro no puede cumplir.
El sujeto de la salud es la persona que requiere atención, de les
profesionales a les la sociedad nos pagó los estudios y nos habilitó para
ejercer, lo que se espera es que siempre intervengamos en ese marco
No hay comentarios:
Publicar un comentario